07 març Flash informativo sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler
Finalmente se aprueba el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entra en vigor el 6 de marzo de 2019.
Esto sucede después de que el RDL 21/2018 propuesto por el Gobierno sobre la misma materia, no fuera convalidado por el Congreso de los Diputados.
Los contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a la entrada en vigor, seguirán rigiéndose por la ley que le era de aplicación. No obstante, si así lo acuerdan ambas partes, podrán adaptarse a la nueva.
En consecuencia, las novedades en cuanto a esta materia son las siguientes:
Ampliación de los plazos: Fijándose prorrogas de 5 años si el arrendador es persona física y 7 si es persona jurídica. Si vencido el plazo del contrato no existe comunicación entre las partes, éste se prorroga por tres años más.
Fianza y Garantía: Únicamente se podrá solicitar la renta de dos mensualidades como Garantía y la adicional de un mes de renta para la fianza.
Asimismo, en aquellos casos en que el arrendador sea persona jurídica, correrán a su cargo los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato.
Impuestos: Se limitan las subidas interanuales del IPC y en cuanto al IBI se elimina la obligación de repercutirlo si se tratan de viviendas sociales.
Uso turístico de las viviendas: Se establece que para que la comunidad de propietarios pueda incidir en la limitación de éstos, será necesario el voto favorable de 3/5 partes del total de los propietarios y de las cuotas de participación.
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