13 des. PAGO A CUENTA A PRESENTAR EN DICIEMBRE
El Gremi de Constructors de Maquinaria les informa mediante la presente Nota de las modificaciones de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades introducidas mediante el Real Decreto Ley 3/2016, de 2 de diciembre.
Entre las novedades introducidas destacamos la limitación a la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores aplicables para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016.
Esta limitación se aplica y se debe tener en cuenta en la preparación del tercer pago fraccionado del ejercicio 2016 que se presenta el 20 de diciembre de 2016.
Los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos de 20 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo, aplicarán la limitación a la compensación de bases imponibles negativas en los siguientes porcentajes:
- El 50% para empresas con importe neto de la cifra de negocios entre 20 y 60 millones de euros.
- El 25% para empresas con importe neto de la cifra de negocios superior a 60 millones de euros.
A través del siguiente link pueden consultar la disposición íntegra del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social:
http://www.boe.es/boe/dias/2016/12/03/pdfs/BOE-A-2016-11475.pdf
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