Nuevo límite para la aplicación de método de estimación objetiva en 2018 - Gremi Constructors Maquinaria
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Nuevo límite para la aplicación de método de estimación objetiva en 2018

Nuevo límite para la aplicación de método de estimación objetiva en 2018

Les informamos sobre los límites para la aplicación del método de estimación objetiva, en el ejercicio 2018, introducidos por la Orden HPF/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método objetiva  del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Para el ejercicio 2018, detallamos a continuación los límites para la aplicación del método de estimación objetiva. En este sentido,  no podrá aplicarse este método cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior supere los siguientes importes:

– Para el conjunto de sus actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales, 150.000,00€ anuales.

Sin perjuicio del límite anterior, el método de estimación objetiva no podrá aplicarse cuando el volumen de los rendimientos íntegros del año inmediato anterior que corresponda a operaciones por las que estén obligados a expedir factura, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, supere 75.000,00€ anuales.

Ejemplo: Para aquellos transportistas que facturen a empresas más de 75.000 euros en el ejercicio 2017,  no podrán continuar acogidos a dicho régimen en 2018.

  • Para el conjunto de sus actividades agrícolas, ganaderas y forestales000,00€ anuales.
  • Que determinen el rendimiento neto de alguna actividad económica por el método de estimación directa.
  • Que el volumen de las compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior supere la cantidad de 150.000,00€ anuales.

A través del siguiente link pueden consultar la disposición íntegra de la Orden HPF/1159/2017, de 28 de noviembre, publicada en el BOE en fecha 30 de noviembre de 2017:

http://www.boe.es/boe/dias/2017/11/30/pdfs/BOE-A-2017-13896.pdf

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