Real Decreto-ley 8/2019: mejoras en la protección social y de lucha contra la precariedad laboral - Gremi Constructors Maquinaria
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Real Decreto-ley 8/2019: mejoras en la protección social y de lucha contra la precariedad laboral

Real Decreto-ley 8/2019: mejoras en la protección social y de lucha contra la precariedad laboral

Hoy, martes 12 de marzo de 2019, ha entrado en vigor del Real Decreto 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Las novedades más importantes son las siguientes:

 

  • Ampliación del registro de jornada obligatorio a los trabajadores a jornada completa.

Se modifica el artículo 34.9 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores obligando a las empresas a garantizar e incluir un registro diario de la jornada especificando el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador. Dicho registro deberá ser puesto a disposición de los legales representantes de los trabajadores. La empresa deberá conservar el registro durante cuatro años. El incumplimiento de dicha obligación podrá acarrear una sanción de entre 626 euros a 6.250 euros en su cuantía más elevada. La entrada en vigor de dicha obligación será en fecha 12 de mayo de 2019.

  • Nueva bonificación para la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración.

Se establece una bonificación para la contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación. La cuantía anual durante tres años será de 1.300 euros anuales. Si la contratación es de mujeres la cuantía asciende a 1.500 euros anuales. La empresa estará obligada a mantener el contrato de trabajo en vigor durante tres años y a mantener el nivel de empleo durante los dos primeros.

  • Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.

Se modifican los artículos del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social que fijaban este subsidio para mayores de 55 años modificando la edad de acceso, incrementando la duración máxima hasta el cumplimento de la edad ordinaria de jubilación, eliminando la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio e incrementando la cotización del 100 al 125 por ciento del tope mínimo de cotización vigente.

  • Incremento de la prestación por hijo a cargo y la asignación económica.

Se incrementa la cuantía de la prestación por hijo a cargo de 291 euros a 341 euros anuales y la asignación económica para los hogares con ingresos inferiores a 12.313 euros a 588 euros anuales.

  • Incremento de las cuantías mínimas de pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años.

Se incrementa la cuantía mínima de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años de 5.552,40 euros a 6.991,60 euros anuales.

  • Constitución de una comisión de expertos para la elaboración de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.

Se establece una comisión negociadora formada por expertos y expertas acordados por el Consejo de Ministros para la creación normativa de un nuevo Estatuto de los Trabajadores.

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