Resolución SLT/3354/2020, de 19 de diciembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña - Gremi Constructors Maquinaria
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Resolución SLT/3354/2020, de 19 de diciembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña

Resolución SLT/3354/2020, de 19 de diciembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña

En la presente circular, transcribimos el resumen publicado por en la propia página de Generalitat de Cataluña, así como adjuntamos el enlace al texto íntegro de la Resolución SLT/3354/2020.

Estas son las novedades principales:

Movilidad:

Perímetro cerrado en toda Cataluña, excepto para los desplazamientos justificados y visitas al lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero.

Dentro del territorio se restringe al ámbito comarcal toda la semana, aunque los miembros de una burbuja de convivencia se pueden establecer (residencia o alojamiento) en otra comarca.

La zona transfronteriza entre Andorra y el Alt Urgell se asimila a una sola comarca y se permite la movilidad.

Actividad social y confinamiento nocturno durante los días festivos de Navidad:

Las actividades sociales se pueden ampliar a un máximo de 10 personas, siempre y cuando, como mucho coincidan un máximo 2 burbujas de convivencia. El resto de los días se sigue el límite de 6 personas.

El confinamiento nocturno se mantiene desde las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana, salvo la noche de Navidad y la noche de Fin de año, que será hasta la 1 de la madrugada y la noche de Reyes, hasta las 23h.

Hostelería y restauración:

Los bares y restaurantes pueden abrir al público para servir desayunos y comidas, y pueden abrir en 2 franjas horarias: de 7:30h a 9:30h y de 13h a 15:30h. Se pueden servir comida para llevar hasta las 22h, en el mismo establecimiento, y hasta las 23h, en el caso del servicio a domicilio.

Los que estén situados en centros comerciales no pueden abrir.

Equipamientos deportivos:

Se tiene que concertar cita previa, garantizar una buena ventilación, hacer las actividades grupales con mascarilla y mantener los vestuarios cerrados, excepto para los usuarios de piscina.

El texto íntegro de la Resolución recoge el siguiente articulado:

  • 1 Medidas especiales en materia de salud pública
  • 2 Limitación de la entrada y salida de personas del territorio de Cataluña
  • 3 Limitación de la movilidad dentro del territorio de Cataluña
  • 4 Desplazamientos personales
  • 5 Medidas de restricción de la movilidad nocturna
  • 6 Horarios de cierre
  • 7 Medidas de prevención e higiene en centros de trabajo
  • 8 Reuniones y/o encuentros familiares y de carácter social
  • 9 Empresas de servicios y comercio minorista
  • 10 Actos religiosos y ceremonias civiles
  • 11 Uso del transporte público
  • 12 Actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas y deportivas
  • 13 Actividades relacionadas con el juego
  • 14 Actividades de hostelería y restauración
  • 15 Actividades de ocio educativo y actividades de intervención socioeducativa (servicios de intervención socioeducativa y centros abiertos).
  • 16 Actividades docentes universitarias
  • 17 Equipamientos cívicos
  • 18 Congresos, convenciones, ferias comerciales y fiestas mayores
  • 19 Acontecimientos y actividades navideñas
  • 20 Actuaciones policiales
  • 21 Inspección y régimen sancionador
  • 22 Medidas de coordinación y seguimiento policial

https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/8299/1827822.pdf

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